Home / Servicios Municipales / REGISTROS CIVILES: INSCRIPCIóN DE DEFUNCIóN

Inscripción de Defunción (Automático)

  • Presentación del Certificado de Defunción autorizado por Profesional responsable sin enmendaduras.
  • Presencia del Declarante, portando su documento de identidad y copia y del difunto en original.
  • El documento de identidad del difunto será retenido por el Registrador Civil, para que sea elevado posteriormente a la RENIEC.
  • La no presentación del documento de identidad del difunto, obliga al declarante a firmar una Declaración Jurada para tal fin.
  • Ingreso del Certificado de defunción al Sistema de Registros en Línea de RENIEC.
  • Lectura del Acta por parte de los declarantes dando conformidad a los datos consignados en ella y procediendo a la firma correspondiente del acta por el declarante y el Registrador.
  • Entrega de Acta de Defunción en forma gratuita.

NOTA: LA INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN NO SE ENCUENTRA SUJETA A PLAZO ALGUNO, SEGÚN RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 771-2010- JNAC/RENIEC, DE FECHA 1709/2010.


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