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Trámites

Inscripción Extemporánea
  • Presentación de expediente (Certificado de Nacido Vivo, o Partida de Bautismo o certificado de estudios o declaración jurada de existencia, declaración jurada de no inscripción constancia de no inscripción del lugar de origen, DNI. del o de los declarantes, Copia de DNI y presencia de dos testigos, declaración jurada de Presunto Progenitor en caso de presentarse solamente uno de los padres siendo convivientes, DNI de padres, pago por derecho a trámite, formatos debidamente llenados sin errores ni enmendaduras.
  • Tramite dura 10 días hábiles
  • Emisión de Resolución correspondiente.
  • Ingreso del Acta de nacimiento al Sistema de Registros en Línea de RENIEC
  • Firma del acta por parte de los padres o solicitante y del registrador.
  • Entrega de la primera acta, Resolución y expediente en copias certificadas al culminar el procedimiento.
Inscripción de Nacimiento Ordinario (Automático)
  • Presentación Certificado de Nacido Vivo autorizado por Profesional responsable sin enmendaduras.
  • Presencia de los Padres o (madre o Padre).
  • Llenado del Certificado de Nacido Vivo, si fuera el caso, observando los caracteres que se solicita en él.
  • Ingreso del Acta de Nacimiento al Sistema de Registros en Línea de RENIEC.
  • Firma final del Acta por los padres dando conformidad a los datos consignados en ella y Registrador Civil.
  • Entrega de la primera acta, gratuita al Elminar el procedimiento.

NOTA. PARA LA INSCRIPCIÓN ORDINARIA HAY 60 DÍAS DE PLAZO PARA INSCRIPCIÓN SEGÚN LEY N° 29462, de fecha 17.11.2009, pasando el plazo resulta ser extemporáneo


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